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Modalidad de las prácticas

 

IMPORTANTE: No se podrán reconocer las prácticas extracurriculares por prácticas curriculares. El estudiantado deberá tomar la decisión en cuanto a modalidad en el momento de solicitar las prácticas y antes de formalizar el convenio.

 

Información común

  • Tienen asignado un tutor o tutora académico y un tutor o tutora de la entidad colaboradora.
  • Deben estar vinculadas a los contenidos formativos del plan de estudios de la titulación.
  • La EPSEB ha establecido que el precio mínimo por hora de prácticas será de 8€, y el precio máximo será de 20€. A este importe debe aplicarse una retención en concepto de IRPF, según determina la normativa fiscal y laboral vigente, y la cuota de la Seguridad Social, si procede.
  • No existe el concepto de período de prueba.
  • El número màximo de hores de prácticas por curso académico es de 900 horas (máximo 20 horas semanales en período lectivo y 25 horas semanales en período no lectivo), si coincide con la realización de un TFE se puede ampliar (consultad el apartado de prácticas vinculadas a un TFE).
  • El número de horas de dedicación a las prácticas externas que el estudiantado puede dedicar a lo largo de los mismos estudios será, como máximo y en función de la duración en ECTS del plan de estudios: 

    • Grado (240 ECTS)– 1.800 h

    • Máster (60 ECTS) – 600 h

            

    • Máster (90 ECTS) – 900 h

Prácticas curriculares

  • Son actividades académicas integradas en el plan de estudios de la titulación.
  • Son de carácter optativo (excepto en el caso del máster universitario en Seguridad y Salud en el Trabajo: Prevención de Riesgos Laborales obligatorios).
  • Tienen la misma consideración que cualquier otra asignatura, por tanto, deben matricularse antes del inicio de las prácticas y una vez el convenio esté firmado por todas las partes.
  • Serán evaluadas tanto por parte del tutor o tutora de la entidad colaboradora como por el tutor o tutora académico, y la calificación (nota numérica y descriptiva) será introducida en el expediente académico.
  • El estudiantado del máster universitario en Seguridad y Salud en el Trabajo: Prevención de Riesgos Laborales podrá realizar jornadas de hasta 6 horas diarias previa autorización del jefe de estudios.

Prácticas extracurriculares

  • No forman parte del plan de estudios de la titulación, ni son incorporadas en el expediente académico. No obstante, sí se incorporan en el Suplemento Europeo del Título.
  • Serán evaluadas por el tutor académico como favorable o desfavorable.
  • No se podrán reconocer las prácticas extracurriculares por prácticas curriculares.

Prácticas vinculadas a un TFE

  • Tienen la consideración de prácticas curriculares.
  • La realización de las prácticas externas vinculadas a un TFE exige la matrícula del trabajo y el pago de las tasas correspondientes. En este caso, el TFE se desarrolla mayoritariamente en la entidad colaboradora. Será una estancia continuada y en un horario y período concreto.
  • Habrá que formalizar un convenio de cooperación educativa vinculado a la matrícula del trabajo de fin de estudios.
  • Habrá un informe final del tutor o tutora de la entidad colaboradora y la evaluación final será la propia defensa del trabajo.
  • El número máximo de horas por curso académico se puede superar por una única vez en el mismo ciclo de estudios en un aumento de horas igual al resultado de multiplicar los créditos matriculados de TFE por 15.