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Prácticas en empresas - Información para las empresas

Las prácticas externas constituyen una actividad formativa regulada por el Real decreto 592/2014, de 11 de julio. Se pueden desarrollar en entidades colaboradoras como empresas, instituciones y entidades públicas y privadas. Las prácticas se realizan bajo la supervisión de la Escuela y con los siguientes objetivos básicos:

  • Aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en la formación académica.
  • Favorecer la adquisición de competencias para el ejercicio de actividades profesionales.
  • Obtener una experiencia práctica que mejore la ocupabilidad y la inserción al mercado de trabajo. 

Las prácticas académicas externas se regularizan mediante Convenios de Cooperación Educativa que firman la empresa, el estudiante y la universidad, por un período y horas determinadas. El convenio debe garantizar que el estudiante enriquezca su formación por medio de la actividad que lleve a cabo en la empresa, quedando así definidos los objetivos en el plan de trabajo a anexar al convenio.

Dado el carácter formativo de estas prácticas, de su realización no se derivan, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido puede dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. Sin embargo, la empresa debe dar de alta al estudiante en la Seguridad Social en calidad de empresarios, tal y como explicita el artículo 5 del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre. Encontrará más información del procedimiento para dar de alta a un estudiante en la Seguridad Social y la normativa al respecto en www.upc.edu/cce.

A continuación le detallamos toda la información relacionada con las prácticas académicas externas:

Manual y documentación de la plataforma Bolsa de Prácticas (pdf en catalán)

 

Acceso a la plataforma Bolsa de Prácticas de la EPSEB

 

La información que las empresas deben tener en cuenta es la siguiente:

Responsable de la información, datos de contacto y horarios de atención