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Renuncia a la matrícula - estudiantes no nuevos

Información previa

Como norma general, no se puede renunciar a la matrícula, si bien el estudiantado que no es de nuevo acceso puede, en casos justificados debidamente y por una sola vez, solicitar la renuncia total a la matrícula siempre que lo hagan en el plazo de dos meses desde el inicio de las actividades docentes del periodo lectivo correspondiente.

La renuncia de la matrícula solo se acepta si el importe de esta ha sido abonado y solo da derecho a la devolución de los precios públicos en los supuestos recogidos en la 'Normativa académica de los estudios de Grado y Máster'.

La solicitud implica la renuncia de todas las ayudas al estudio solicitadas que requieran estar matriculado de unos estudios universitarios.

El director o directora del centro resuelve las solicitudes de renuncia de matrícula presentadas.

Solicitud

¿Quién lo puede solicitar?

La renuncia a la matrícula la puede solicitar el estudiantado matriculado que no sea de nuevo acceso.

 

¿Cómo y cuándo se puede solicitar?

La solicitud se debe tramitar a través de la Sede Electrónica de la UPC.

Recordad que toda solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa que justifique el motivo expuesto. 

El plazo para solicitar la renuncia a la matrícula está establecido en el calendario académico de la UPC.

 

Resolución

La resolución se hará llegar a la persona interesada por la e-Notifica de la UPC.

La devolución de los precios públicos (que se debe solicitar por la Sede Electrónica d ela UPC) solo se podrá devolver al estudiante en el caso que los motivos expuestos estén incluidos en los supuestos así establecidos en la 'Normativa académica de los estudios de Grado y Máster'. Consultad devolución del importe de la matrícula.