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Reconocimientos/Convalidaciones por estudios universitarios

Información previa

Se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación, en un estudio oficial, de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, son computados a efectos de la obtención de un título oficial. También pueden reconocerse créditos cursados en otras enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de determinados títulos propios si así se recoge en el informe de verificación de la titulación.

Este reconocimiento implica el establecimiento de una equivalencia en lo que se refiere a competencias específicas y/o transversales y a carga de trabajo entre asignaturas de planes de estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales.

El reconocimiento debe realizarse siempre a partir de las asignaturas cursadas en los estudios de origen, nunca a partir de asignaturas convalidadas, adaptadas o reconocidas previamente.

Cuando los créditos superados en unas enseñanzas oficiales se han obtenido en una universidad extranjera, los créditos que son objeto de reconocimiento se incorporan al expediente de la titulación de grado como asignaturas o créditos convalidados y deben tener asociada una calificación numérica y descriptiva.

El trabajo de fin de grado o máster no podrá reconocerse en ningún caso.

Solicitud

La solicitud para pedir el recnoocimiento debe entregarse en el centro donde se quieren cursar los estudios mediante el trámite correspondiente de la Sede Electrónica de la UPC.

Esta solicitud debe incluir todos los estudios que se hayan cursado hasta ese momento y la relación de asignaturas que el estudiante quiere reconocer/convalidar en los estudios a los que ha accedido o quiere acceder.

Documentación a presentar:

 Haber cursado estudios españoles(*)

    • Certificación académica oficial (original o fotocopia compulsada)
    • Plan de estudios (publicado por el centro correspondiente)
    • Programa de las asignaturas (publicado por el centro correspondiente)
    • Recibo de pago de la tasa de estudio de solicitud de reconocimiento.
    • Fotocopia del DNI o NIE

(*) en el caso de estudiantes de la UPC no será necesario el certificado académico oficial, el cual puede ser substituido por un expedient extraido de la e-Secretaria.

Haber cursado estudios en el extrangero(**)
    • Certificación académica oficial (original o copia autenticada)
    • Plan de estudios (publicado por el centro correspondiente)
    • Programa de las asignaturas (publicado por el centro correspondiente, que incluya un certificado total de páginas de los programas)
    • Certificado "Equivalencia de notas medias" emitido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte 
    • Recibo de pago de la tasa de estudio de solicitud de convalidaciones.
    • Fotocopia del NIE o pasaporte 

(**)Todos estos documentos han de ser oficiales, originales y expedidos por las autoridades competentes, y han de estar legalizados por via diplomática (consultad el anexo 1, "Legalitzación de los documentos expedidos en  el extrangero", de la Normativa académica de los estudios de grado).

El pago se puede hacer por la e-Secretaría (si eres estudiante) o bien efectuando el pago en efectivo en cualquier oficina de CaixaBank, Banco de Santander o Caja de Ingenieros.

Desde el momento que se reciba el recibo de pago se comienza a tramitar la solicitud.

La solicitud de reconocimientos se puede pedir en cualquier momento.

 

Resolución

Una vez realizado el estudio, se sigue el siguiente procedimiento:

  1. El centro debe comunicar al estudiante el resultado del estudio de reconocimiento/convalidación de créditos mediante el informe correspondiente.
  2. El estudiante que desea reclamar este resultado debe dirigir un escrito razonado al director o directora o el decano o decana del centro en un plazo máximo de 7 días desde la fecha de comunicación de este resultado.
  3. El director o directora o el decano o decana debe resolver la reclamación en el plazo de 15 días desde la fecha en que se ha interpuesto y notificarlo al estudiante.

 

Matrícula

Una vez finalizado el trámite, y en caso de que el estudiante esté matriculado, debe solicitar la modificación de la matrícula para que las asignaturas reconocidas o convalidadas consten en su expediente.

Una vez que el órgano competente de la UPC emita la resolución definitiva, el centro lo comunicará al estudiante y la matrícula se considerará definitiva.